Como se refleja en el Código penal el robo de luz

Son concebidas como actividades ilícitas todas aquellas actividades que el Código Penal considere meritorias de reprobación judicial y por consecuente de penalizaciones y multas económicas, de esta forma, esta ley orgánica se considera el documento más importante a nivel legislativo para contrarrestar los estragos económicos, sociales y políticos que puedan causar los delitos, fraudes y demás tipos de actividades delictivas. Dicho código fue creado en 1995 pero entro en vigencia el año subsiguiente y desde dicha fecha ha sido actualizado con el pasar de los años para adaptar este código a los nuevos principios que ha adoptado la sociedad. En la actualidad existen expertos en delitos castigados por el Código Penal.

Este código que cuenta con más de seiscientos artículos posee una sección específicamente enfocada en los delitos y sus consecuencias penales, los cuales abarcan desde los artículos numero ciento treinta y ocho hasta el articulo seiscientos dieciséis. Se abarcan muchos tipos de delitos y dolos en los artículos anteriormente mencionados, entre los cuales podemos encontrar un artículo dedicado a los tipos de infracciones y fraudes que comentaremos en el presente texto: los robos, enganche o pinchado de la energía eléctrica.

El artículo en cuestión es el número doscientos cincuenta y cinco (N° 255), en la estructura del Código Penal por destacar el repudio de las leyes españolas contra las estafas que afecten la distribución de los servicios básicos que requieren los hogares como lo es suministro de agua potable, la electricidad, los medios de telecomunicación, etc.

El articulo N° 255 considera fraude o delito aquellas acciones en la cual el consumidor utilice dispositivos o instalaciones clandestinas para obtener un servicio en específico, en este caso la energía eléctrica de forma gratuita sin pagar los impuestos y las facturas correspondiente, por ello, pinchar la luz es un delito condenado por este articulo del Código Penal.

Igualmente, en dicho artículo se describe que la manipulación ilícita de los contadores para alterar la cuantificación del consumo también es concebida como un acto fraudulento y sancionable, de esta forma, cuando se adultera el contador del consumo de kilo watts del hogar, ya sea este analógico o digital, para disminuir la suma de dinero que se reflejara en la factura de la electricidad también se está incurriendo en la ilegalidad, por lo que las personas que cometen este tipo de robo de luz pueden ser penalizadas con multas cuantiosas que le supondrá un gasto de dinero importante.

Para finalizar, es importante destacar que en el artículo número 255 se detalla el tipo de multa o pena que se le impondrá a todos los ciudadanos que sean encontrados in fraganti cometiendo este tipo de estafa eléctrica. Específicamente, se describe en este aparatado del Código Penal de 1995 que la penalización o sanción para los individuos que delictivamente este perpetrando robo de luz consiste en una multa de 12 a 3 meses. Ahora bien, además de la sanción judicial que recibirá el fraudulento consumidor por parte del ayuntamiento basado en el Código Penal, también será castigado por la compañía de distribución de energía eléctrica quien puede sancionarle por una cantidad de mil a dos mil euros.

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